Desde el pasado sábado, podemos quitarnos la mascarilla en la calle, pero siempre que haya distancia de seguridad: te explicamos cuándo seguirá siendo obligatoria
El pasado 26 de junio entró en vigor el RD-Ley 13/2021, popularmente conocido como el de “adiós a la mascarilla en la calle”, pero no siempre podrá ser así; así que te explicamos cuándo es aún obligatoria. El RD se aprobó el 24 de junio, en Consejo de Ministros, y entró en vigor a la medianoche del 26 de junio de 2021. En él se regula cómo será el uso de mascarillas a partir de esa fecha, con cambios con relación a los exteriores.
En los últimos días, se ha anunciado el fin de la mascarilla en espacios abiertos. Por ello, desde USO analizamos este RD-Ley y te explicamos dónde será obligatorio el uso de mascarilla y dónde no.
La incidencia del virus es menor y está avanzando el ritmo de vacunación, con un 50,1% de la población con una dosis inoculada y un 31,9% de la población con la pauta completa, según datos del Ministerio de Sanidad a 23 de junio de 2021. Pero el virus sigue estando ahí y debemos seguir las pautas que se nos dan desde el Ministerio para no retroceder.
¿Dónde sigue siendo obligatorio el uso de mascarillas, incluso en la calle?
El uso de mascarillas, para personas de más de seis años, es obligatorio en:
- Cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público.
- Cualquier espacio abierto donde no se pueda guardar la distancia de seguridad de 1,5 metros (salvo personas convivientes).
- Eventos multitudinarios al aire libre, cuando las personas asistentes estén de pie o sentadas, y no se pueda mantener la distancia de seguridad de 1,5 metros (salvo grupos de convivientes).
- En los medios de transporte aéreo, marítimo, en autobús, en ferrocarril o en teleférico. Incluye los andenes y estaciones de viajeros, así como en los transportes públicos y privados complementarios de viajeros en vehículos de hasta nueve plazas, incluido el conductor (salvo grupos de convivientes).
- Visitantes externos y personas trabajadoras de los centros residenciales para personas mayores y diversidad funcional.
Excepciones del uso de mascarilla
- Personas que presenten algún tipo de enfermedad o dificultad respiratoria que pueda verse agravada por el uso de mascarilla, así como personas que por su situación de discapacidad o dependencia no dispongan de autonomía para usar mascarilla.
- Cuando el uso de la mascarilla, por la propia naturaleza de la actividad, resulte incompatible con arreglo a las indicaciones de las autoridades sanitarias.
- Personas que se encuentren en instituciones y residencias de personas mayores y diversidad funcional, así como dependencias y residencias colectivas de personas trabajadoras esenciales, siempre que dichos colectivos tengan una cobertura de vacunación superior al 80%, acreditado por las autoridades sanitarias.
- Pasajeros de buques y embarcaciones, siempre que se encuentren dentro de su camarote y en espacios exteriores de la nave, siempre que se pueda mantener la distancia de seguridad de 1,5 metros.
Mascarillas en el trabajo: cero relajación en el resto de supuestos
Desde USO, hacemos un llamamiento a la responsabilidad colectiva para no relajarse con el uso de la mascarilla. Pese a esta mayor permisividad para quitarse la mascarilla en la calle siempre que se cumpla con la distancia de seguridad, debemos ser prudentes para no dar pasos atrás.
Es esencial recordar la importancia del uso de mascarillas en los centros de trabajo, así como las medidas de higiene y ventilación en los mismos, y el tiempo máximo de utilización de las mascarillas.
Además, con la llegada del verano y las altas temperaturas, comienzan los riesgos de padecer estrés térmico por el uso de la mascarilla en ciertos espacios de trabajo. Por ello, desde USO hacemos un llamamiento a las empresas para que dispongan de mecanismos de control de temperaturas, incluyéndolos dentro de la evaluación de riesgos.